El Certificado de Ingresos y Retenciones por rentas de trabajo y de pensiones, también conocido como formulario 220, es un documento que debe emitir el empleador al empleado anualmente. Dicho documento, sirve para certificar los ingresos y las retenciones practicadas sobre los pagos efectuados a sus colaboradores en un determinado año.
En el caso de los trabajadores o pensionados no obligados a presentar declaración de renta y complementario, este certificado sustituye la declaración por dicho concepto.
Para el año gravable 2024, el certificado de ingresos y retenciones fue actualizado mediante resolución 000022 de febrero 20 de 2024. Quedando así:
Fecha límite para expedir el certificado de ingresos y retenciones
Toda entidad empleadora, persona natural y jurídica que tengan a su cargo al menos 1 trabajador, deberá expedir el certificado de ingresos y retenciones a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al que corresponda la información reportada.
Sanción por no expedir el certificado de ingresos y retenciones
De acuerdo con el artículo 667 del Estatuto Tributario, la sanción contemplada para el empleador, por no emitir el certificado de ingresos y retenciones, equivale a una multa del 5% del valor de los pagos o abonos correspondientes a los certificados no expedidos. Esta sanción se reducirá al 30% de la suma inicialmente propuesta, si la omisión es subsanada antes de que se notifique la resolución sanción; o al 70% de tal suma, si la omisión es subsanada dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se notifique la sanción.
En ambos casos, para aplicar a la reducción de la sanción, el empleador deberá presentar ante la oficina que tiene conocimiento de la investigación, un memorial de aceptación de la sanción reducida, en el cual se acredite que la omisión fue subsanada, así como el pago o acuerdo de pago de esta.
Importancia del certificado de ingresos y retenciones en la declaración de renta
Si una persona se encuentra dentro de la obligación de declarar renta, el certificado de ingresos y retenciones será necesario para la elaboración de la declaración de renta. Además, le servirá como soporte en caso de que la DIAN lo llegue a requerir.
Para aquellas personas que no son responsables de declarar renta, es recomendable guardarlo, puesto que puede servir de evidencia ante cualquier situación con el empleador o en su efecto la DIAN.
Así mismo, es importante verificar que la información del certificado de ingresos y retenciones sea equivalente con la información que fue reportada a la DIAN. Esta información se podrá consultar por la página web de la misma, en el campo nombrado “Consultar Información Reportada por terceros”.
Trabajadores o pensionados no obligados a presentar declaración de renta y complementario
No están obligadas a presentar declaración de renta y complementario, las personas naturales que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:
1. Tu patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2024 no superó 4.500 UVT
👉 $211.792.500 COP
2. Tus ingresos brutos totales del año fueron inferiores a 1.400 UVT
👉 $65.891.000 COP
3. No eres responsable de IVA
(es decir, perteneces al régimen no responsable – antiguo régimen simplificado)
4. Tus consumos con tarjeta de crédito no superaron 1.400 UVT
👉 $65.891.000 COP
5. Tus compras y consumos totales (en efectivo, crédito u otros medios) no excedieron 1.400 UVT
👉 $65.891.000 COP
6. Tus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedieron 1.400 UVT
👉 $65.891.000 COP
No todo el mundo declara renta… pero todos deben probar sus ingresos. Si no estás obligado a declarar, este certificado es tu respaldo oficial ante bancos y entidades. ¡No lo pierdas de vista!